Gestiones Administrativas
NOTA INFORMATIVA sobre aplicación de la Ley 2/2021, de 29 de marzo que afecta a los contratos de RRHH con financiación pública
La ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en lo que respecta a la disposición adicional sexta, establece la posibilidad de prorrogar los contratos de trabajo de duración determinada, bajo cualquier modalidad laboral y en el marco de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, con cargo a la financiación procedente de convocatorias de ayudas de recursos humanos.
La eventual prorroga será de aplicación a los contratos que tengan prevista su finalización entre el día 2 de abril de 2021 y el día 1 de abril de 2023.
No podrán beneficiarse de una segunda prórroga aquellos contratos de trabajo de duración determinada que hubieran prorrogado su vigencia al amparo de los establecido en la Disposición adicional decimotercera del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
La formalización de las prórrogas se hará mediante la suscripción de las correspondientes adendas a los contratos de trabajo antes de la finalización de los mismos.
No podrá acordarse la prórroga de los contratos una vez finalizado su periodo de vigencia.
Podrán financiarse prórrogas por una duración máxima de cinco meses.
Si una vez prorrogado el contrato el organismo financiador desestima la ayuda, el grupo al que pertenece la persona contratada deberá hacerse cargo de todos los costes derivados de la prórroga que se hayan producido.
En el caso que, por la tipología del contrato (organismo financiador y convocatoria) los costes de seguridad social empresa no los cubriera la prórroga aprobada por el organismo financiador, o fuesen contratos cofinanciados, el grupo al que pertenece la persona contratada deberá hacerse cargo de dichos costes de seguridad social y/o cofinanciación.
Para solicitar al IiSGM la tramitación de la prórroga es imprescindible presentar el impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado antes de las 12 horas del viernes 7 de mayo de 2021.
Para descargarte el impreso PINCHA.
Para más información:
- Contratos de convocatorias AES del ISCIII: AQUÍ.
- Contratos de la Agencia Estatal de Investigación: AQUÍ.
- Contratos FPU: AQUÍ.
- Contratos de la Comunidad de Madrid: No se ha publicado ninguna nota informativa.
Solicitud de Abono del Cuarto y Último Tramo de la Paga Extraordinaria del Mes de Diciembre del 2012
En la nómina del mes de febrero se procederá a abonar una nueva retribución de carácter extraordinario cuyo importe será equivalente al 24,59 por ciento de los importes dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria correspondiente al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria de fomento de la competitividad.
Toda aquella persona que no mantenga vínculo laboral con esta Fundación deberá cumplimentar, al igual que en la devolución de los anteriores tres tramos, la solicitud que se adjunta y enviarlo escaneado y firmado (indicando en el asunto “Solicitud de Devolución 4º Tramo Paga Diciembre 2012 + Nombre Completo” ) a la dirección de correo electrónico rrhh@fibhgm.org
Solicitud de Abono del Tercer Tramo de la Paga Extraordinaria del Mes de Diciembre del 2012
En la nómina del mes de febrero se procederá a abonar una nueva retribución de carácter extraordinario cuyo importe será equivalente al 25,14 por ciento de los importes dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria correspondiente al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria de fomento de la competitividad.
A tal fin se efectuará un proceso automático que incluirá aquel personal que siga manteniendo su vínculo laboral con la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón.
Todo aquel personal que no mantenga vínculo laboral con esta Fundación deberá cumplimentar la solicitud que se adjunta y enviarlo escaneado y firmado (indicando en el asunto “Solicitud de Devolución + Nombre Completo” ) a la dirección de correo electrónico rrhh@fibhgm.org
SOLICITUD DE ABONO TERCER TRAMO RECUPERACIÓN DE LA PAGA EXTRAORDINARIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL 2012
Solicitud de Recuperación Paga Extraordinaria del Mes de Diciembre del 2012
En la nómina del mes de noviembre se procederá a abonar una nueva retribución de carácter extraordinario cuyo importe será equivalente al 26,23 por ciento de los importes dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria correspondiente al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria de fomento de la competitividad.
A tal fin se efectuará un proceso automático que incluirá aquel personal que siga manteniendo su vínculo laboral con la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón.
Todo aquel personal que no mantenga vínculo laboral con esta Fundación deberá cumplimentar la solicitud que se adjunta y enviarlo escaneado y firmado (indicando en el asunto “Solicitud de Devolución + Nombre Completo” ) a la dirección de correo electrónico agomez@fibhgm.org
SOLICITUD DE ABONO EN CONCEPTO DE RECUPERACIÓN DE LA PAGA EXTRAORDINARIA DEL MES DE DICIEMBRE 2012
Solicitud de Abono del Primer Tramo de la Paga Extraordinaria del Mes de Diciembre del 2012:
De conformidad con lo establecido en el apartado c) del punto segundo de la Disposición Adicional DECIMOSEXTA DE LA LEY GENERAL DE PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA 2015, el personal que no se encontrara en situación de servicio activo o asimilada en el mismo nombramiento o contrato en la fecha de entrada en vigor de la ley o que hubiera perdido su condición de empleado público, podrá solicitar la cantidad a que se refiere dicha disposición cumplimentando el modelo que se adjunta y enviándolo escaneado (indicando en el asunto “Solicitud Devolución” + Nombre Completo) a la siguiente dirección de correo: agomez@fibhgm.org